Proteger a un niño, niña o bebé
Cómo evitar que un niño separado de su familia termine en manos equivocadas, y a qué autoridad acudir. Nunca entregues un niño a un particular.
Esto es para ti si:
- Encontraste a un niño o bebé solo
- Alguien quiere llevarse a un niño y no estás seguro
- Tu hijo fue rescatado y no sabes dónde está
La regla de oro
Un niño solo se entrega a una autoridad oficial, nunca a un particular
La urgencia NO autoriza saltarse la verificación. Antes de que alguien se lleve a un niño, hay que confirmar su identidad y su vínculo familiar o representación legal.
La autoridad que decide qué pasa con un niño separado de su familia es el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de su municipio. Ningún vecino, voluntario o desconocido tiene autoridad para llevárselo.
Si encontraste a un niño solo
Mantenlo a salvo y a la vista
No lo dejes solo y no lo entregues a un desconocido.
Entrégalo solo a una autoridad oficial
Consejo de Protección del municipio, Protección Civil o bomberos identificados, o el CICPC. Nunca a un particular que diga que “se hace cargo”.
Anota todo lo que ayude a reunirlo con su familia
Dónde y a qué hora lo encontraste, cómo va vestido, señas, y lo que el niño diga de su nombre y su familia.
No publiques su cara ni su nombre en redes abiertas
Compartir su foto en redes lo expone. La difusión debe hacerse solo por canales seguros que coordinen las autoridades.
Si alguien quiere llevarse a un niño
No lo entregues sin verificar
Pide identidad y prueba del vínculo: cédula, partida de nacimiento, o que el niño lo reconozca claramente como su familiar.
Ante la duda, llama a una autoridad
Que el Consejo de Protección o el CICPC verifiquen antes. Es su trabajo.
Si tu hijo fue rescatado y no sabes dónde está
Acude al Consejo de Protección de tu municipio
Y a los centros de rescate, refugios y hospitales de la zona.
Lleva pruebas del vínculo
Tu documento y el del niño, o cualquier foto o dato que demuestre que es tu hijo.
A quién acudir y cómo denunciar
El Consejo de Protección de tu municipio es la autoridad de primera línea. Para un delito (secuestro, trata, sustracción), denuncia al CICPC.
Tus derechos vienen de la LOPNNA
La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes establece el “abrigo” como medida provisional cuando un niño queda solo, y manda priorizar siempre la reunificación con su familia. Las medidas permanentes (colocación, adopción) las decide un juez, no un particular.
Lo que aún estamos confirmando
Preferimos decírtelo a inventarlo. Esto puede cambiar día a día.
- Los teléfonos del CICPC provienen de una fuente de 2025; revalida en un canal oficial del CICPC antes de confiar plenamente.
- No existe una línea nacional única de los Consejos de Protección: cada municipio tiene su propia sede. Busca la de tu municipio.
- No se halló una línea 0800 oficial venezolana específica contra la trata; el canal verificable es el CICPC y el Ministerio Público.
- Casos confirmados de secuestro de niños rescatados: ninguno documentado por fuente seria al cierre. Lo que hay son alertas preventivas de UNICEF y Cecodap.
Fuentes
- Cecodap — la protección de la niñez debe ser prioridad · 2026-06-25
- UNICEF — miles de niños en riesgo tras los terremotos · 2026-06-25
- LOPNNA — Art. 127 (Abrigo) y Art. 129 (órgano competente)
Última revisión de esta guía: 27 de junio de 2026
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